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¿De quién emana el poder en España?
Un error común es confundir al titular con el representante.
1. De acuerdo con el artículo 1.2 de la Constitución Española, la soberanía nacional reside en:
a) El Rey, como Jefe del Estado.
b) El pueblo español.
c) Las Cortes Generales.
🔍 Nivel 1: La Titularidad
EL ORIGEN DE TODO
La soberanía no se delega, se posee. El único dueño del poder político en España es el pueblo. El Rey o las Cortes solo actúan en su nombre.
⚡ Nivel 2: La Emanación
Del pueblo "emanan" los poderes. Imagina una fuente: el agua (poder) nace en el pueblo y fluye hacia las instituciones.
Cortes Generales
Gobierno
Jueces y Magistrados
⚠️ Trampa de Examen
No confundas Soberanía Nacional con la representación:
- Art. 1.2: La soberanía reside en el pueblo.
- Art. 66.1: Las Cortes representan al pueblo.
- Art. 56.1: El Rey es el Jefe del Estado y símbolo de su unidad.
Incompatibilidades del Tribunal Constitucional
La clave aquí no es solo leer, sino clasificar para no olvidar.
2. Respecto al régimen de incompatibilidades del artículo 159.4 CE, señale la opción que reproduce con exactitud el núcleo del precepto:
a) Es incompatible con todo mandato representativo y con las carreras judicial y fiscal, pero compatible con la actividad profesional privada no relacionada con el derecho público.
b) Es incompatible con todo mandato representativo, cargos políticos o administrativos, funciones directivas en partidos o sindicatos y empleo al servicio de éstos, con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal y con cualquier actividad profesional o mercantil.
c) Es incompatible únicamente con los cargos políticos ejecutivos y la pertenencia a partidos políticos.
👁️ Nivel 1: La Regla del "TODO"
INCOMPATIBILIDAD ABSOLUTA
A diferencia de otros cargos, los magistrados del TC tienen prohibida cualquier actividad profesional o mercantil. No hay excepciones para el sector privado.
Título IX (Del TC)
⚖️ Nivel 2: Las 4 Dimensiones
Para memorizar el Art. 159.4, agrúpalo en estos cuatro bloques de prohibición:
Mandatos, cargos políticos o administrativos.
Funciones directivas o empleo en Partidos y Sindicatos.
Carreras Judicial y Fiscal (aunque sean magistrados, no pueden ejercerlas).
Cualquier actividad profesional o mercantil.
🛡️ Nivel 3: La Cláusula de Cierre
VÍNCULO CON EL PODER JUDICIAL
El artículo termina con una remisión: "En lo demás, tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial".
👑 El "Chivato" del Examen
Si ves la palabra "Mercantil", sospecha del TC. Si ves la palabra "Sindicatos" (en plural y con prohibición de empleo), estás en el Art. 159.4.
¿Puede una CCAA excluir el Castellano?
La clave reside en la diferencia entre oficialidad y cooficialidad.
3. Si una Comunidad Autónoma aprobara un Estatuto que declarara solo su lengua propia como lengua oficial en su territorio, excluyendo la oficialidad del castellano, ¿sería conforme con el Título Preliminar?
a) No, porque el castellano es la lengua española oficial del Estado y todos tienen derecho a usarla.
b) Sí, siempre que así lo apruebe el Tribunal Constitucional.
c) Sí, porque las CCAA pueden decidir libremente sus lenguas oficiales.
👁️ Nivel 1: La Regla de Oro
EL BINOMIO DEL CASTELLANO
El Art. 3.1 CE impone dos realidades inseparables: El deber de conocerla y el derecho a usarla. Ninguna norma inferior (Estatuto) puede anular un mandato constitucional.
Título Preliminar
⚖️ Nivel 2: La "Suma", nunca "Resta"
Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas CCAA de acuerdo con sus Estatutos (Art. 3.2). Esto implica:
- Oficialidad del Estado: Siempre presente en todo el territorio.
- Cooficialidad Autonómica: Se añade a la anterior en su territorio específico.
🛡️ Nivel 3: Riqueza Colectiva
OBJETO DE RESPETO
La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
🚀 Diferencia de Examen
¿Sabías que el deber solo existe para el Castellano?
- Castellano: Deber de conocerlo + Derecho a usarlo.
- Lenguas Cooficiales: Derecho a usarlas (pero la CE no impone el "deber de conocerlas" a nivel nacional).
Leyes de Armonización (Art. 150.3)
Cuidado: Esta es la técnica más "invasiva" del Estado sobre las CCAA.
4. Se tramita una ley estatal para “armonizar” disposiciones autonómicas en materias de competencia autonómica. De acuerdo con el artículo 150.3 CE, señale la opción correcta:
a) El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios generales para coordinar las disposiciones normativas de las CCAA cuando lo exija el interés nacional, apreciado por mayoría absoluta del Congreso.
b) El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las CCAA, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general, correspondiendo a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.
c) El Estado podrá dictar leyes de armonización de disposiciones autonómicas cuando así lo exija el interés general, apreciado por mayoría de dos tercios del Congreso, siempre que se trate de materias de competencia estatal.
👁️ Nivel 1: El Disparador
INTERÉS GENERAL
La armonización solo se justifica por el "interés general". No confundir con "interés nacional" o "necesidad del Estado". La literalidad aquí es sagrada.
⚖️ Nivel 2: La Doble Llave
Para que el Estado pueda invadir competencias autonómicas, necesita un consenso reforzado:
Mayoría Absoluta
Mayoría Absoluta
*La necesidad debe ser apreciada por cada Cámara, no basta solo el Congreso.
🛡️ Nivel 3: El Alcance
La ley no entra en detalles técnicos, establece "principios necesarios" para que las normas de las 17 CCAA no choquen entre sí y perjudiquen el interés general.
💡 Memoria Comparativa: Art. 150
No mezcles las 3 leyes del artículo 150:
- 150.1 Ley Marco: El Estado delega potestad legislativa (Leyes ordinarias).
- 150.2 Ley de Transferencia: El Estado transfiere facultades (Ley Orgánica).
- 150.3 Ley de Armonización: El Estado pone orden (Mayoría Absoluta 2 Cámaras).
Cooperación entre CCAA (Art. 145)
¿Comunicación o Autorización? Aquí se pierden los puntos en el examen.
5. Dos Comunidades Autónomas quieren firmar un convenio para gestionar conjuntamente un servicio sanitario propio. Según el artículo 145.2 CE, señale la opción correcta:
a) Los Estatutos podrán prever convenios entre Comunidades Autónomas para la gestión de servicios propios que deberán someterse siempre a la aprobación expresa del Congreso de los Diputados.
b) Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales.
c) Los Estatutos podrán prever convenios entre Comunidades Autónomas para la gestión de servicios propios, los cuales solo requerirán autorización previa de las Cortes Generales.
👁️ Nivel 1: ¿Quién manda?
EL MARCO ESTATUTARIO
La Constitución no dice cómo deben ser los convenios, sino que delega en los Estatutos de Autonomía la potestad de fijar los requisitos y términos.
⚖️ Nivel 2: La Clave del Examen
El Art. 145.2 distingue dos grados de control por parte de las Cortes Generales:
Basta con la COMUNICACIÓN a las Cortes Generales.
Requieren AUTORIZACIÓN de las Cortes Generales.
🛡️ Nivel 3: El Límite Absoluto
Art. 145.1: "En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas".
Este es el muro de contención: las CCAA pueden colaborar, pero nunca unirse en una nueva entidad política federada.
💡 Regla Nemotécnica
Para no confundirlos nunca más:
Servicio = Solo aviso (Comunicación).
Acuerdo = Autorización (Las dos empiezan por "A").
Conexión Sistemática del Art. 1.1
¿Sabes cómo se "aterriza" la definición de España en el resto de la norma?
6. Una cuestión compleja de examen plantea que el “Estado social y democrático de Derecho” del artículo 1.1 se conecta sistemáticamente con qué otros preceptos del Título Preliminar?
a) Solo con el artículo 8, al definir la misión de las Fuerzas Armadas.
b) Exclusivamente con el artículo 3 sobre lenguas.
c) Con el art. 9.2 (mandatos de promoción de libertad e igualdad) y el 9.3 (principios de legalidad, seguridad jurídica, etc.).
👁️ Nivel 1: El matiz "Social"
ARTÍCULO 9.2 CE
Es la cláusula transformadora. Obliga a los poderes públicos a que la libertad e igualdad sean reales y efectivas. Sin el 9.2, el "Estado Social" del 1.1 sería solo una frase vacía.
⚖️ Nivel 2: La vertiente "Derecho"
El "Estado de Derecho" se garantiza a través de los principios del Art. 9.3. Si no hay seguridad jurídica o legalidad, no hay Estado de Derecho.
🛡️ Nivel 3: El componente "Democrático"
Se conecta directamente con el Art. 1.2 (Soberanía Popular) y los artículos dedicados a la participación política (como el 6 sobre partidos y el 7 sobre sindicatos).
🎓 Visión de Experto
Para el Tribunal Constitucional:
"El Art. 1.1 no es solo retórica, es el valor superior del ordenamiento que impregna toda la interpretación de la norma."
*Relaciónalo siempre: 1.1 → 9.2 (Social) y 9.3 (Derecho).
El Bloqueo de Investidura
¿Sabes cuándo se rompe la regla de "un año sin elecciones"?
7. En un escenario de bloqueo de investidura, ¿qué fórmula del artículo 99.5 se coordina correctamente con el límite del artículo 115.3 sobre nuevas disoluciones?
a) El artículo 99.5 impide que el Rey disuelva las Cámaras antes de transcurrido un año desde la investidura fallida.
b) El artículo 99.5 permite la disolución de las Cámaras si en el plazo de seis meses desde la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza del Congreso.
c) El artículo 99.5 permite la disolución de las Cámaras si en el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza del Congreso, constituyendo la única excepción al límite de “no nueva disolución antes de un año” del artículo 115.3.
👁️ Nivel 1: Los dos meses de "cuenta atrás"
¿CUÁNDO EMPIEZA A CONTAR?
El reloj de los dos meses no empieza con el encargo del Rey, sino a partir de la primera votación de investidura. Si pasado ese tiempo nadie es elegido, el Rey disuelve ambas Cámaras.
⚖️ Nivel 2: El choque con el Art. 115.3
Por norma general, el Presidente no puede disolver las Cámaras si no ha pasado un año desde la anterior disolución (Art. 115.3). Sin embargo, hay una excepción única:
Si la disolución es obligatoria porque no hay Presidente tras 2 meses de intentos, el plazo de un año no se aplica.
🛡️ Nivel 3: El papel del Presidente del Congreso
En este caso especial (99.5), el Decreto de disolución es expedido por el Rey, pero es refrendado por el Presidente del Congreso, no por el Presidente del Gobierno (que estará en funciones).
💡 Oro en Paño para el Examen
Diferencia bien estas dos disoluciones:
115 CE (Voluntaria): Decide el Presidente del Gobierno. Plazo: 1 año de espera.
99.5 CE (Automática): Impuesta por la falta de acuerdo. Plazo: 2 meses (Sin espera de 1 año).
Efectos de la Inconstitucionalidad (Art. 161.1.a)
¿Qué ocurre con la "herencia" de una ley cuando el TC la anula?
8. Analizando el recurso de inconstitucionalidad del artículo 161.1.a) CE, ¿qué matiz incorpora sobre la jurisprudencia previa?
a) La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien las sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.
b) La declaración de inconstitucionalidad obliga a anular todas las sentencias previas que hayan aplicado esa norma.
c) La declaración de inconstitucionalidad de una norma no afecta a la jurisprudencia anterior de los tribunales ordinarios.
👁️ Nivel 1: El efecto "Efecto Erga Omnes"
¿A QUIÉN AFECTA?
La sentencia del TC no solo expulsa la ley del ordenamiento, sino que "borra" la interpretación (jurisprudencia) que los tribunales hacían de ella. A partir de la sentencia, nadie puede usar esa lógica jurídica.
⚖️ Nivel 2: El límite de la Cosa Juzgada
Para evitar el caos total, la Constitución protege las decisiones ya firmes. Si un ciudadano ya tiene una sentencia definitiva basada en esa ley "mala", su caso **no se reabre** automáticamente.
(Salvo en procesos penales o contencioso-administrativos sancionadores donde la nulidad beneficie al reo).
🛡️ Nivel 3: El matiz penal
Este precepto se completa con el Art. 40.1 de la LOTC. Es vital recordar que la única excepción real a la "cosa juzgada" es cuando la ley anulada reduzca una pena o excluya la responsabilidad criminal.
💡 Tip de Examen
Fíjate en las palabras clave del enunciado:
• Si dice "afecta a la jurisprudencia": VERDADERO.
• Si dice "pierden valor de cosa juzgada": FALSO.
Límites a la Disolución de las Cámaras
¿Sabes cuándo tiene "prohibido" el Presidente pulsar el botón electoral?
9. Según el artículo 115.2 de la Constitución, ¿cuándo no puede el Presidente del Gobierno proponer la disolución de las Cortes?
a) Cuando quede menos de un año de legislatura.
b) Cuando el Senado haya rechazado los Presupuestos Generales del Estado.
c) Cuando esté en trámite una moción de censura.
👁️ Nivel 1: El Bloqueo de la Moción
PRIORIDAD PARLAMENTARIA
Si el Congreso está debatiendo si retira la confianza al Presidente (Moción de Censura), el Presidente no puede "huir" disolviendo las Cámaras. La Constitución protege la capacidad de control del Congreso.
⚖️ Nivel 2: Los "Noes" de la Disolución
Para que no te líen, recuerda que hay 3 momentos en los que NO se puede disolver:
Moción de censura en trámite (Art. 115.2).
No ha pasado un año desde la anterior disolución (Art. 115.3).
Vigencia de estados de Alarma, Excepción o Sitio (Art. 116.5).
🛡️ Nivel 3: ¿Qué significa "en trámite"?
La prohibición empieza en el momento en que la Mesa del Congreso admite a trámite la moción. Si el Presidente se adelanta por unos minutos y firma el decreto antes de esa admisión, la disolución sería válida.
🚀 Clave Maestra de Examen
Diferencia entre el 115 y el 116:
Art. 115.2: Prohíbe al Presidente proponer la disolución (mientras hay censura).
Art. 116.5: Prohíbe que se interrumpa el funcionamiento de las Cámaras (mientras hay estados de alarma/excepción/sitio).
La Protección de las Lenguas (Art. 3.3)
Más allá de la cooficialidad: la lengua como patrimonio.
10. La “riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España”, según el artículo 3.3, será objeto de:
a) Promoción turística prioritaria.
b) Especial respeto y protección.
c) Simple catalogación estadística.
👁️ Nivel 1: Patrimonio Cultural
MÁS QUE PALABRAS
La Constitución no trata las lenguas solo como herramientas de comunicación, sino como patrimonio cultural. Esta calificación obliga al Estado a un deber de conservación activo.
⚖️ Nivel 2: Respeto y Protección
Es vital no olvidar ninguno de los dos términos. Los tribunales suelen poner opciones que solo incluyen uno de ellos:
- Especial respeto: Dimensión pasiva (no atacar, no prohibir).
- Protección: Dimensión activa (fomentar, subvencionar, legislar).
🛡️ Nivel 3: ¿Qué es una modalidad?
La protección del 3.3 es más amplia que la cooficialidad del 3.2. Alcanza también a dialectos, hablas o variantes lingüísticas que no tienen estatus de "lengua oficial" en un Estatuto pero que forman parte de la riqueza cultural de España.
💡 Trampa de Vocabulario
No te dejes engañar por sinónimos atractivos:
❌ NO ES: "Especial cuidado y fomento".
❌ NO ES: "Protección y difusión internacional".
✅ ES: "Especial respeto y protección".
Inelegibilidad e Incompatibilidad (Art. 70)
¿Quién puede y quién no puede sentarse en el escaño?
11. En cuanto a la inelegibilidad de altos cargos según el artículo 70.1, ¿qué combinación reproduce de manera exacta la excepción prevista?
a) La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso, a los altos cargos de la Administración del Estado.
b) La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso, a los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción del Presidente del Gobierno.
c) La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso, a los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno.
👁️ Nivel 1: Gobierno vs Administración
LA CLAVE DEL SISTEMA PARLAMENTARIO
La Constitución permite que los Miembros del Gobierno (Presidente, Vicepresidentes y Ministros) sean parlamentarios. Si fueran inelegibles, no podrían sentarse en su escaño para votar o debatir como representantes del pueblo.
⚖️ Nivel 2: Inelegibilidad de Oficio
El Art. 70.1 establece quiénes NO pueden presentarse a las elecciones "en todo caso":
Magistrados del Tribunal Constitucional y Defensor del Pueblo.
Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.
Militares y miembros de las F.C.S. en activo.
Sus miembros actuales.
🛡️ Nivel 3: La Remisión a la LOREG
La Constitución da las pautas, pero la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) es la que termina de definir qué cargos administrativos específicos (Directores Generales, Delegados del Gobierno, etc.) son inelegibles.
💡 Trampa de Literalidad
Fíjate bien en la redacción de la opción C:
• Altos cargos de la Administración: SÍ (si lo dice la ley).
• Miembros del Gobierno: NO (son la excepción).
*En los tests suelen poner "excepto el Presidente" para que falles, pero la CE dice "Miembros del Gobierno" (plural).*
La "Resistencia" de los Tratados (Art. 96.1)
¿Puede una ley española modificar un acuerdo internacional? Rotundamente, NO.
12. En relación con la regla del artículo 96.1 sobre derogación y modificación de los tratados, ¿qué formulación reproduce con mayor fidelidad su alcance?
a) Los tratados sólo podrán ser derogados, modificados o suspendidos en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional, lo que limita la eficacia de la ley interna como instrumento de modificación.
b) Cualquier norma reglamentaria puede dejar sin efecto las disposiciones del tratado si se dicta con posterioridad a su publicación.
c) Los tratados pueden derogarse o modificarse unilateralmente por ley interna posterior, siempre que no se opongan abiertamente a sus cláusulas.
👁️ Nivel 1: El Requisito de Publicidad
PARTE DEL ORDENAMIENTO INTERNO
Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España (BOE), forman parte del ordenamiento interno. No necesitan "transposición" por ley, son de aplicación directa.
⚖️ Nivel 2: Blindaje Internacional
Aquí reside el núcleo de la pregunta. Un Tratado tiene **su propia vida jurídica**. Solo puede morir (derogarse) o cambiar (modificarse) por dos vías:
Según los mecanismos que el acuerdo haya pactado.
Normas generales del Derecho internacional.
🛡️ Nivel 3: El Límite de la Constitución
Aunque una ley no pueda modificar un Tratado, el Tratado **no puede ir en contra de la Constitución** (Art. 95). Si hay contradicción, antes de firmar el tratado se debe reformar la Constitución.
🚀 Clave de Examen: Lex Posterior
A diferencia de lo que ocurre entre dos leyes internas:
Ley Posterior no deroga Tratado Anterior.
El principio "Lex posterior derogat priori" **no funciona** aquí. El tratado "resiste" a la ley posterior.
Concurrencia de causas en el Art. 94.1
¿Qué ocurre cuando un Tratado toca varios "puntos sensibles" a la vez?
13. Imagina un tratado que simultáneamente modifica una ley interna y afecta a un derecho fundamental del Título I. Desde la perspectiva del artículo 94.1, ¿qué calificación es más ajustada?
a) Encaja a la vez en la letra c) (afecta a derechos y deberes fundamentales del Título I) y en la letra e) (supone modificación o derogación de una ley), por lo que requiere igualmente la previa autorización de las Cortes Generales.
b) Solo entra en la categoría de tratados que modifican leyes, sin relevancia en derechos fundamentales.
c) Queda excluido del ámbito del artículo 94.1 por concurrir varias causas y debe tramitarse solo como tratado político.
👁️ Nivel 1: Los 5 supuestos del 94.1
El Estado no puede obligarse por ciertos tratados sin que las Cortes den su autorización previa. Los cinco casos son:
- a) Carácter político.
- b) Carácter militar.
- c) Derechos Título I.
- d) Obligaciones financieras.
- e) Modificación de Ley.
⚖️ Nivel 2: La Concurrencia
No hay exclusión por acumulación. Si un tratado cumple una, dos o las cinco condiciones, el resultado es el mismo: **Necesita autorización parlamentaria**. La concurrencia refuerza la necesidad de control, nunca la anula.
🛡️ Nivel 3: ¿Cómo se autoriza?
La autorización de las Cortes Generales para estos tratados se tramita por el procedimiento del Art. 74.2 (decisión por mayoría de cada Cámara). Si no hay acuerdo, decide una Comisión Mixta.
💡 Diferencia de Examen: 94.1 vs 94.2
No todos los tratados pasan por el mismo filtro:
• Art. 94.1: Requiere AUTORIZACIÓN PREVIA (Mayoría simple).
• Art. 94.2: Solo requiere INFORMAR de inmediato a las Cortes.
*La trampa es decir que los del 94.2 no necesitan nada. Falso: hay que informar.*
La Trilogía Internacional (93, 94 y 96)
¿Cómo encajan los tratados en la pirámide jurídica española?
14. En un examen teórico sobre la posición de los tratados en el ordenamiento español, ¿cuál de las siguientes formulaciones se ajusta mejor a la combinación de los artículos 93, 94 y 96?
a) Los tratados sólo tienen rango reglamentario y pueden ser modificados en todo momento por cualquier ley posterior.
b) Los tratados tienen siempre rango superior a la Constitución, ya que forman parte del Derecho internacional.
c) Los tratados se integran en el ordenamiento interno tras su válida celebración y publicación (96.1), pero su celebración puede estar condicionada a ley orgánica (93) o autorización parlamentaria previa (94), y su contenido no puede contradecir la Constitución sin previa revisión (95).
👁️ Nivel 1: Jerarquía de Normas
En España, los tratados tienen una posición Supralegal (están por encima de las leyes) pero Infraconstitucional (están por debajo de la Constitución).
⚖️ Nivel 2: Filtros de Ratificación
Cesión de competencias a organizaciones internacionales (UE). Requiere Ley Orgánica.
Tratados políticos, militares, etc. Requiere Autorización previa (Cortes).
Resto de tratados. Solo requiere Informar a las Cortes.
🛡️ Nivel 3: El Muro del Art. 95
Ningún tratado puede entrar en vigor si contradice la Constitución. Si el Gobierno quiere firmar algo contrario a la CE, tiene dos opciones: o no firma, o reforma primero la Constitución.
🎓 Resumen
Aprende el orden de prioridad real:
1. Constitución (Suprema).
2. Tratados Internacionales (Supralegales).
3. Leyes (Orgánicas y Ordinarias).
Impugnación y Suspensión (Art. 161.2)
¿Qué ocurre cuando el TC "se olvida" del plazo de los 5 meses?
15. En una impugnación del Gobierno al amparo del artículo 161.2 CE, el Tribunal Constitucional no se pronuncia sobre la suspensión dentro de los cinco meses previstos. ¿Cuál es la conclusión más ajustada al tenor del precepto?
a) La suspensión se convierte automáticamente en nulidad definitiva de la norma autonómica.
b) El Tribunal debe ratificar o levantar la suspensión en un plazo no superior a cinco meses; la superación del plazo sin pronunciamiento plantea un problema de coherencia con la exigencia constitucional, que la ley orgánica deberá resolver.
c) La suspensión se entiende automáticamente prorrogada hasta la sentencia, aunque superado el plazo.
👁️ Nivel 1: Suspensión Automática
UN PODER EXCLUSIVO
Solo el Gobierno de la Nación tiene este privilegio. Si impugna una norma autonómica, esta queda suspendida de inmediato, sin que el TC tenga que decidirlo inicialmente.
⚖️ Nivel 2: El mandato "Deberá"
La Constitución es tajante: el Tribunal "deberá ratificarla o levantarla" en un plazo no superior a cinco meses. Es un mandato de caducidad para la suspensión automática.
🛡️ Nivel 3: El silencio del 161.2
¿Qué pasa si pasan los 5 meses y el TC no dice nada? La Constitución no establece la consecuencia (nulidad o prórroga). Es la LOTC (Art. 65) la que desarrolla que el Tribunal debe oír a las partes y decidir antes de que expire ese plazo.
🚀 Visión de Tribunal
Diferencia bien estas dos situaciones en el test:
• Impugnación estatal (161.2): Suspensión automática por 5 meses.
• Recurso de Inconstitucionalidad normal (161.1.a): No suspende la norma (salvo que el TC lo decida expresamente a petición de parte).
Control Previo de Tratados (Art. 95)
¿Cómo evitar un choque entre el Derecho Internacional y la Constitución?
16. Ante un proyecto de tratado que plantea dudas sobre su compatibilidad con la Constitución, ¿cuál de estas secuencias se ajusta mejor al mecanismo del artículo 95.2?
a) El Gobierno o cualquiera de las Cámaras pueden requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no contradicción con la Constitución antes de celebrar el tratado.
b) El Tribunal Supremo emite un dictamen previo obligatorio y, sólo en caso de duda residual, se acude al Tribunal Constitucional.
c) Las Cortes Generales deben aprobar primero el tratado, y sólo después el Gobierno puede pedir al Tribunal Constitucional que valore la contradicción.
👁️ Nivel 1: ¿Quién puede preguntar?
LEGITIMACIÓN CERRADA
A diferencia de otros procesos, aquí no entran ni el Defensor del Pueblo ni los 50 Diputados/Senadores. Solo pueden requerir al TC:
- El Gobierno.
- El Congreso (cualquiera de las Cámaras).
- El Senado (cualquiera de las Cámaras).
⚖️ Nivel 2: La naturaleza del requerimiento
Es un control PREVIO. Se realiza sobre un "proyecto" o texto ya fijado pero antes de que el Estado preste su consentimiento definitivo.
🛡️ Nivel 3: El mandato del Art. 95.1
Si el TC declara que hay contradicción, el Art. 95.1 es imperativo: "exigirá la previa revisión constitucional". Esto significa que España no puede firmar ese tratado a menos que modifique antes su Constitución.
💡 Curiosidad Histórica
Este mecanismo se ha usado pocas veces:
• Tratado de Maastricht (1992): Obligó a reformar el Art. 13.2 para permitir el sufragio pasivo de extranjeros en municipales.
• Constitución Europea (2004): El TC dijo que no había contradicción (aunque finalmente el tratado no prosperó por otros países).
La Figura del Rey (Art. 56.1)
¿Conoces las palabras exactas que definen al Jefe del Estado?
17. En cuanto a la función del Rey como Jefe del Estado según el artículo 56.1, ¿qué alternativa respeta exactamente su descripción?
a) El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la representación ordinaria del Estado en las relaciones internacionales y ejerce las funciones que le atribuyen las leyes.
b) El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, dirige el funcionamiento regular de las instituciones y ejerce la representación exclusiva del Estado en las relaciones internacionales.
c) El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
👁️ Nivel 1: Arbitrar y Moderar
PODER SIMBÓLICO, NO EJECUTIVO
El Rey no "dirige" (eso lo hace el Gobierno, Art. 97). Su función es de equilibrio: **arbitra y modera**. Es el guardián de que las instituciones funcionen correctamente sin tomar parte activa en la política.
⚖️ Nivel 2: La "Más Alta" Representación
Cuidado con los calificativos. No es "representación ordinaria" ni "exclusiva":
...especialmente con las naciones de su comunidad histórica (Iberoamérica, Filipinas, etc.).
🛡️ Nivel 3: El Principio de Atribución
El Rey no puede inventarse funciones. Solo ejerce las que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. Además, sus actos carecen de validez sin el **refrendo** (Art. 64), salvo lo relativo a su casa y familia (Art. 65.2).
💡 Trampas Detectadas
En los tests suelen cambiar estas palabras:
❌ NO DICE: "Representación ordinaria" (eso es para diplomáticos).
❌ NO DICE: "Dirige" (dirigir implica mandar).
✅ DICE: "Arbitra y modera" y "Más alta representación".
El Consejo de Estado (Art. 107)
¿Puede el órgano que asesora al Gobierno dictar órdenes vinculantes?
18. En un caso práctico, una ley ordinaria pretende atribuir directamente al Consejo de Estado funciones decisorias vinculantes sobre la Administración. A la luz del artículo 107, ¿qué lectura es más respetuosa con su configuración constitucional?
a) Resulta cuestionable, pues el Consejo de Estado está configurado como supremo órgano consultivo del Gobierno, y su composición y competencia deben regularse por ley orgánica, manteniendo su naturaleza esencialmente consultiva.
b) Es obligatoria, dado que el Consejo de Estado tiene por definición potestad decisoria sobre todos los actos administrativos.
c) Es plenamente conforme, ya que el Consejo de Estado puede asumir cualquier función que le atribuya una ley ordinaria.
👁️ Nivel 1: El "Supremo Órgano Consultivo"
CONSULTA, NO DECISIÓN
La misión constitucional del Consejo de Estado es dar luz al Gobierno mediante dictámenes. Su fuerza reside en su autoridad técnica, no en su potestad de mando. Transformarlo en un órgano decisorio mediante ley ordinaria desvirtúa su papel constitucional.
⚖️ Nivel 2: Blindaje Normativo
El Art. 107 es taxativo: una Ley Orgánica regulará su composición y competencia. Por tanto, una ley ordinaria no puede alterar sus funciones esenciales ni otorgarle poderes que la Constitución no ha previsto para él.
🛡️ Nivel 3: Dictámenes Preceptivos vs Facultativos
Aunque a veces el Gobierno está obligado a pedir su opinión (dictamen preceptivo), casi nunca está obligado a seguirla (dictamen no vinculante). La excepción confirma la regla: el Consejo de Estado asesora para que el Gobierno decida con mejor criterio.
💡 Oro para el Test
Memoriza esta "pareja jurídica" del Art. 107:
• Adjetivo: Supremo (órgano consultivo).
• Instrumento: Ley Orgánica.
*Si en el test ves "Ley Ordinaria" o "Poder Judicial", la opción es incorrecta.*
La Disolución de las Cortes (Art. 115.1)
¿Quién tiene realmente el dedo sobre el botón de las elecciones?
19. ¿Quién propone la disolución de las Cámaras según el artículo 115.1, y bajo qué condición subjetiva?
a) El Presidente del Congreso, oído el Gobierno, bajo responsabilidad compartida.
b) El Rey, por iniciativa propia, sin responsabilidad política.
c) El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad.
👁️ Nivel 1: "Bajo su exclusiva responsabilidad"
PODER INDIVIDUAL
Este es uno de los pocos momentos donde el Presidente actúa al margen de la colegialidad del Gobierno. Aunque el Consejo de Ministros habla sobre ello, la decisión y el riesgo político son **únicamente del Presidente**.
⚖️ Nivel 2: Deliberación vs. Acuerdo
Es un requisito de validez: debe haber una **"previa deliberación"**. Sin embargo, el Presidente no necesita que sus ministros voten a favor ni que haya un acuerdo unánime. Basta con que el tema se haya tratado en la mesa del Consejo.
🛡️ Nivel 3: El Decreto de Disolución
Una vez hecha la propuesta, es el Rey quien decreta la disolución. En este caso, el decreto fijará además la fecha de las elecciones. El Rey no puede negarse si se cumplen los requisitos del Art. 115.
💡 Trampa de Examen: ¿Quién propone?
Diferencia bien estas dos "propuestas" presidenciales:
• Art. 115 (Disolución): Propone el Presidente + Deliberación Consejo.
• Art. 92 (Referéndum): Propone el Presidente + Autorización del Congreso.
*Nunca digas que el Consejo de Ministros "aprueba" la disolución. Solo delibera.*
¿Límites al Legislador Orgánico? (Art. 165)
¿Hasta dónde puede llegar una Ley Orgánica sin "romper" la Constitución?
20. Una interpretación maximalista del artículo 165 CE sostiene que la futura ley orgánica del Tribunal Constitucional podría modificar incluso las mayorías constitucionales para su nombramiento. ¿Cuál es la valoración más adecuada?
a) Es plausible, porque la ley orgánica puede regular el estatuto de los miembros sin límites.
b) Es obligatoria, porque el artículo 165 ordena revisar periódicamente el sistema de mayorías por ley orgánica.
c) No es admisible: la ley orgánica solo puede desarrollar el marco fijado por la Constitución; las mayorías de tres quintos y el reparto de propuestas del artículo 159.1 no son disponibles para el legislador orgánico.
👁️ Nivel 1: El Núcleo Intocable
La Constitución no solo dice "qué" es el TC, sino "cómo" se forma. El **Art. 159.1** establece cifras exactas (12 miembros) y mayorías blindadas (3/5). El legislador no puede usar el Art. 165 para "corregir" lo que el poder constituyente decidió en el 159.1.
⚖️ Nivel 2: El Alcance de la LOTC
¿Para qué sirve entonces la Ley Orgánica del TC? Su función es **desarrollar**, no sustituir. Regula:
- Funcionamiento de las Salas y Secciones.
- Estatuto de los Magistrados (incompatibilidades, cese).
- Procedimientos (recurso de amparo, inconstitucionalidad).
🛡️ Nivel 3: El Límite de la Reforma
Para cambiar la mayoría de 3/5 a mayoría absoluta, por ejemplo, no basta con una ley. Habría que seguir el procedimiento de **reforma constitucional (Art. 167)**. Una ley que intentara esto sería declarada inconstitucional por el propio Tribunal.
💡 Síntesis para el Examen
Recuerda el esquema de los 12 miembros:
• 4 por el Congreso (3/5).
• 4 por el Senado (3/5).
• 2 por el Gobierno.
• 2 por el CGPJ.
*Cualquier intento de cambiar este reparto o mayoría por ley es un fraude constitucional.*

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