El Comité contra la Tortura: composición y constitución (art. 17 CAT)
La Convención contra la Tortura (CAT) es materia habitual en la oposición a Guardia Civil, y su artículo 17 es de esos que el tribunal aprovecha para preguntar números y detalles concretos: cuántos expertos lo forman, cuánto dura el mandato, cómo se eligen… Aquí te lo dejamos ordenado y con los datos clave que más se preguntan.
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Este tipo de artículos, tan cargados de plazos y cifras, se fijan mucho mejor con un esquema visual. Hemos preparado una infografía del Comité contra la Tortura que puedes descargar gratis para repasar, imprimir y crear tus propios mapas mentales, esquemas y resúmenes.
Descargar la infografía del Comité →- 10 expertos que ejercen a título personal.
- Mandato de 4 años, reelegibles.
- Elegidos en votación secreta y en reuniones bienales de los Estados Partes.
- Convoca el Secretario General de la ONU; quórum de dos tercios de los Estados Partes.
Quién forma el Comité (apartado 1)
El artículo 17 constituye un Comité contra la Tortura, compuesto por diez expertos de gran integridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos, que ejercen sus funciones a título personal (no representan a su país). Los eligen los Estados Partes teniendo en cuenta:
- Una distribución geográfica equitativa.
- La utilidad de que participen personas con experiencia jurídica.
Cómo se designan los candidatos (apartado 2)
Los miembros se eligen en votación secreta a partir de una lista de personas designadas por los Estados Partes. Cada Estado puede designar una persona entre sus propios nacionales. Además, se recomienda designar a personas que también sean miembros del Comité de Derechos Humanos (del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) y estén dispuestas a servir en ambos.
Cómo se eligen: reuniones bienales (apartado 3)
La elección se realiza en reuniones bienales (cada dos años) de los Estados Partes, convocadas por el Secretario General de las Naciones Unidas. Para estas reuniones:
- Quórum: dos tercios de los Estados Partes.
- Resultan elegidos quienes obtengan el mayor número de votos y, además, la mayoría absoluta de los votos de los representantes presentes y votantes.
La elección inicial y sus plazos (apartado 4)
Aquí es donde el examen suele "jugar" con las fechas. Guárdalas bien:
- Elección inicial: a más tardar 6 meses después de la entrada en vigor de la Convención.
- Carta del Secretario General: al menos 4 meses antes de cada elección, invitando a presentar candidaturas.
- Plazo para presentar candidaturas: 3 meses.
- Lista: el Secretario General prepara una lista por orden alfabético, indicando qué Estado designó a cada persona.
Duración del mandato y renovación (apartado 5)
Los miembros se eligen por 4 años y pueden ser reelegidos. Para renovar el Comité de forma escalonada, el mandato de cinco de los miembros elegidos en la primera elección expira a los 2 años. Esos cinco nombres los designa por sorteo el presidente de la reunión, justo después de la primera elección.
Qué pasa si hay una vacante (apartado 6)
Si un miembro muere, renuncia o no puede seguir ejerciendo, el Estado que presentó su candidatura designa a otro experto entre sus nacionales para el resto del mandato, con la aprobación de la mayoría de los Estados Partes. Esa aprobación se entiende otorgada tácitamente, salvo que la mitad o más de los Estados Partes respondan negativamente en un plazo de 6 semanas.
Los gastos (apartado 7)
Son los Estados Partes quienes sufragan los gastos de los miembros del Comité mientras estos desempeñan sus funciones.
⚠️ Errores típicos que buscan en el examen
- Confundir el número: son 10 expertos (no 18, que es el Comité de Derechos Humanos del PIDCP).
- Mezclar plazos: mandato 4 años; reuniones bienales; renovación parcial de 5 miembros a los 2 años.
- Los expertos actúan a título personal, no en representación de su Estado.
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Ver los temarios de Guardia Civil →Contenido basado en el artículo 17 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Naciones Unidas). Consulta siempre el texto oficial de la Convención para el estudio detallado.


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