listas de admitidos y excluidos. Guía de subsanación de errores.
Ya tenemos la lista de admitidos y excluidos de la convocatoria a Policía Nacional de 2023. Teniendo como fecha limite para subsanar errores el
24 de octubre de 2023 en la sede electrónica.
Como subsanar ''EXCLUSIÓN POR FALTA DE PAGO TELEMÁTICO''
- Descargue el impreso vacío del modelo 790 (tasa 088) de la Dirección General de la Policía en el siguiente enlace:
https://sede.policia.gob.es:38089/Tasas790_088/ - Introduzca sus datos personales.
- Especifique el importe:
– Si es usted tasa general y no ha podido efectuar el abono a través de la plataforma de pago del Portal del Aspirante, deberá indicar el importe íntegro del proceso.– Si ya ha pagado con anterioridad el 50% de la tasa debido a una bonificación de la misma y no puede acreditar la situación que genera dicha bonificación, deberá indicar en el nuevo modelo la mitad restante de la tasa.
– Si usted ha seleccionado exención de tasas y no puede acreditar la situación que genera dicha exención, deberá indicar el importe íntegro del proceso.
- Acuda a su entidad bancaria para realizar el pago de la tasa.
– Si su entidad le permite el pago de tasas a través de su aplicativo bancario, puede realizar el pago de esta forma, adjuntando el justificante de pago bancario donde se reflejen sus datos personales y la cuantía abonada.
- Una vez pagada la instancia, suba el documento sellado y firmado por la entidad bancaria (o si ha realizado el pago a través de la app bancaria, el justificante bancario) a través del Portal del
Aspirante en:
“Mis inscripciones” – “Ver detalle / documentación” – “Mi documentación” – “Añadir documento”, seleccionando en tipo de documento “Instancia pagada en entidad (subsanación)”. - Espere a que su instancia sea validada, puede comprobar el estado de la misma a través del Portal del Aspirante.
¡IMPORTANTE! Si usted ya dispone de justificante bancario por haber realizado el pago en su entidad fuera de la fase de subsanación, remita la documentación a través del Portal del Aspirante siguiendo los pasos anteriores.
NO SERÁ ADMITIDA NINGUNA DOCUMENTACIÓN DE SUBSANACIÓN QUE HAYA SIDO ENVIADA POR CAUCES DISTINTOS A LOS INDICADOS EN ESTA GUÍA CON ANTERIORIDAD A LA PUBLICACIÓN DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PROVISIONALES EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, ESTO ES, ANTES DEL INICIO DEL PERIODO DE SUBSANACIÓN (DISPONDRÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOE), DEBIENDO EN ESE CASO REITERAR EL ENVÍO A TRAVÉS DEL PORTAL DEL ASPIRANTE.
CÓMO SUBSANAR CON AUTOFIRMA ''EXCLUSIÓN POR FALTA DE FIRMA DIGITAL''
- Descargue AutoFirma desde la siguiente página web:
https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
En caso de tener el software ya instalado en su equipo, comprobar que la versión sea la última. - Una vez se identifique dentro del Portal del Aspirante, desde el apartado “Mis inscripciones” – “Ver detalle / documentación”, descargue el modelo 790 de su convocatoria con sus datos personales.
- Introduzca en el lector su DNI electrónico.
- Ejecute AutoFirma, seleccione su instancia y active la opción de visibilidad que se muestra a continuación:
- Seleccione el área del PDF donde la firma electrónica será incrustada:
- Continúe con los pasos de AutoFirma, seleccione la firma de su certificado electrónico e introduzca la contraseña:
- Una vez firmada digitalmente su instancia, suba el PDF resultante a través del Portal del Aspirante en:
“Mis inscripciones” – “Ver detalle / documentación” – “Mi documentación” – “Añadir documento”, seleccionando en tipo de documento “Instancia firmada digitalmente (subsanación)”. - Espere a que su instancia sea validada, puede comprobar el estado de la misma a través del Portal del Aspirante.
NOTA: La realización de la firma electrónica mediante programas de uso cotidiano, como por ejemplo Adobe Acrobat, o cualquier otro software de firma como VALIDe, de la Administración General del Estado, será válida siempre que la misma se integre en el PDF de la instancia con un certificado electrónico que le pertenezca e identifique.¡IMPORTANTE! Si usted ya dispone de su instancia firmada digitalmente por haber realizado fuera de la fase de subsanación los pasos indicados en esta guía, remita el PDF firmado a través del Portal del Aspirante siguiendo los pasos anteriores.
NO SERÁ ADMITIDA NINGUNA DOCUMENTACIÓN DE SUBSANACIÓN QUE HAYA SIDO ENVIADA POR CAUCES DISTINTOS A LOS INDICADOS EN ESTA GUÍA CON ANTERIORIDAD A LA PUBLICACIÓN DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PROVISIONALES EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, ESTO ES, ANTES DEL INICIO DEL PERIODO DE SUBSANACIÓN (DISPONDRÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOE), DEBIENDO EN ESE CASO REITERAR EL ENVÍO A TRAVÉS DEL PORTAL DEL ASPIRANTE.
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