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Esquema Ley de Seguridad Privada 5/2014

La Ley de Seguridad Privada es muy preguntada en las Oposiciones de Policía Nacional y Guardia Civil. Es por eso que queremos poner este recurso para que todos nuestros alumnos pueda practicar y repasar el contenido que vemos en clase.

Si quieres preparar la Oposición con nosotros, hazlo desde aquí.

Título IV: Servicios y medidas de seguridad

Mapa Mental Seguridad Privada
CAPÍTULO I: Disposiciones comunes
- Art. 38: Prestación de los servicios de seguridad privada
- Art. 39: Forma de prestación
CAPÍTULO II: Servicios de las empresas de seguridad privada
- Art. 40: Servicios con armas de fuego
- Art. 41: Servicios de vigilancia y protección
- Art. 42: Servicios de videovigilancia
- Art. 43: Servicios de protección personal
- Art. 44: Servicios de depósito de seguridad
- Art. 45: Servicios de transporte de seguridad
- Art. 46: Servicios de instalación y mantenimiento
- Art. 47: Servicios de gestión de alarmas
CAPÍTULO III: Servicios de los despachos de detectives privados
- Art. 48: Servicios de investigación privada
- Art. 49: Informes de investigación
- Art. 50: Deber de reserva profesional
CAPÍTULO IV: Medidas de seguridad privada
- Art. 51: Adopción de medidas
- Art. 52: Tipos de medidas

CAPÍTULO I Disposiciones comunes

Esquemas Seguridad Privada

Artículo 38 - Prestación de los servicios

1. Prestación conforme a:

📌 Ley (especialmente artículos 8 y 30)

📌 Normas de desarrollo

📌 Estipulaciones del contrato

📌 Autorización o declaración responsable

2. Quién puede prestar servicios

✅ Empresas de seguridad privada

✅ Despachos de detectives

✅ Personal de seguridad privada

3. Subcontratación

⚠️ Sujeta a condiciones y requisitos establecidos reglamentariamente

4. Personal operativo integrado en empresas

  • Vigilantes de seguridad
  • Vigilantes de explosivos
  • Escoltas privados
  • Jefes de seguridad

5. Directores de seguridad

👨‍💼 Integrados en:

  • Empresas de seguridad privada
  • Entidades obligadas (según art. 36)

6. Guardas rurales

🌾 Sin necesidad de empresa

👨‍🌾 Servicios directos en:

  • Explotaciones agrícolas
  • Fincas de caza
  • Zonas marítimas protegidas

7. Detectives privados

🔍 A través de despachos de detectives

Artículo 39 - Forma de prestación

1. Medios utilizados

✅ Homologados por el Ministerio del Interior

🚫 No deben parecerse a:

  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
  • Fuerzas Armadas

📋 Características según reglamento

2. Personal uniformado

👮 Incluye:

  • Vigilantes de seguridad
  • Vigilantes de explosivos
  • Guardas rurales y especialidades

🧥 Uniforme obligatorio + distintivo

🛡️ Portan medios de defensa (sin armas de fuego)

⚠️ Excepciones reglamentarias posibles

3. Uso de armas

🔫 Solo con licencia y en servicios del Art. 40 o autorizados por reglamento

📌 Solo durante el servicio (con excepciones reglamentarias)

4. Lugar de prestación

🏢 Dentro de inmuebles o propiedades bajo vigilancia

🚫 Salvo excepciones legales o reglamentarias

5. Documentación obligatoria

  • Tarjeta de identidad profesional
  • Documentación del arma (si procede)

CAPÍTULO II SERVICIOS DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA

Esquemas Seguridad Privada

Artículo 40 - Servicios con armas de fuego

1. Servicios con armas

🔹 Vigilancia de dinero, valores y objetos valiosos

🔹 Fábricas, depósitos o transporte de armas y explosivos

🔹 Buques mercantes/pesqueros en zonas de riesgo

🔹 Vigilancia perimetral en:

  • Centros penitenciarios
  • Centros de internamiento de extranjeros
  • Establecimientos militares
  • Infraestructuras críticas

2. Servicios autorizables

🔸 Factores valorados:

  • Localización
  • Valor de los objetos
  • Peligrosidad, nocturnidad
  • Zonas rústicas o cinegéticas

🔸 Verificación de alarmas con armas si es necesario

3. Porte del arma

✔️ Solo estando de servicio

✔️ Puede acceder con ella al lugar

✔️ Excepciones por reglamento

4. Tipo de arma

✅ Se determinarán reglamentariamente

Artículo 41 - Servicios de vigilancia y protección

1. Servicios en general

👮‍♂️ Prestados por:

  • Vigilantes de seguridad
  • Guardas rurales (cuando proceda)

🏢 Prestación habitual en interior de edificios, instalaciones o propiedades.

🚫 Sin autorización previa → posibles en el exterior en estos casos:

  • a) Manipulación o uso de bienes/maquinaria en vías públicas
  • b) Operaciones de cajeros automáticos (retiro, reposición, reparación)
  • c) Salidas puntuales por tareas de vigilancia vinculadas al inmueble
  • d) Vigilancia de medios de transporte e infraestructuras
  • e) Rondas o vigilancia discontinua (visitas intermitentes programadas)
  • f) Persecución de delincuentes sorprendidos en flagrante delito
  • g) Razones humanitarias
  • h) Servicios descritos en apartados siguientes

2. Servicios que requieren autorización previa

📋 Coordinación obligatoria con las FCSE cuando proceda:

  • a) Polígonos industriales y urbanizaciones delimitadas
  • b) Parques o complejos comerciales y de ocio delimitados
  • c) Eventos sociales relevantes (culturales, deportivos...)
  • d) Recintos o espacios abiertos que estén delimitados

📌 Condiciones y requisitos → vía reglamento

3. Servicios por decisión del órgano competente

👮 Bajo órdenes estrictas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:

  • a) Vigilancia perimetral de centros penitenciarios
  • b) Vigilancia perimetral de centros de internamiento de extranjeros
  • c) Vigilancia de otros edificios de organismos públicos
  • d) Participación complementaria en servicios de seguridad pública
    (también pueden realizarlos guardas rurales)

Artículo 42 - Servicios de videovigilancia

1. Definición y quién puede prestarlos

🎥 Vigilancia mediante:

  • Cámaras o videocámaras (fijas o móviles)
  • Sistemas que permitan el mismo tratamiento (imágenes/sonidos)

👮‍♂️ Si la finalidad es prevenir infracciones o accesos no autorizados:

  • → Solo por vigilantes de seguridad o guardas rurales

📸 No se considera videovigilancia cuando se use para:

  • Comprobación del estado de instalaciones/bienes
  • Control de accesos a garajes y aparcamientos
  • Actividades desde centros de control o autopistas de peaje

➡️ Estos casos pueden ser realizados por personal distinto al de seguridad privada

2. Limitaciones en espacios públicos o privados

🚫 Prohibido captar imágenes/sonidos de:

  • Vías y espacios públicos o de acceso público

✅ Salvo autorización administrativa y en condiciones legales

🏠 En domicilios: se requiere consentimiento del titular

3. Casos que no requieren autorización

📋 No necesitan autorización administrativa:

  • Cámaras incluidas en medidas de seguridad obligatorias
  • Sistemas de alarmas (recepción, verificación, respuesta, transmisión)

4. Finalidad y uso de grabaciones

🎯 Uso exclusivo para la finalidad prevista

🚓 Si afectan a seguridad ciudadana o delitos:

  • → Se entregarán a las FCSE
  • → Conservación y custodia obligatorias como prueba válida

5. Protección de datos

🔐 Sujeta a normativa de protección de datos

📌 Principios aplicables:

  • Proporcionalidad
  • Idoneidad
  • Intervención mínima

6. Normativa supletoria

📚 Se aplicará normativa sobre videovigilancia por las FCSE

✔️ En todo lo no previsto en esta ley y su desarrollo

Artículo 43 - Servicios de protección personal

1. Definición del servicio

🛡️ A cargo de escoltas privados

📌 Consiste en:

  • Acompañamiento
  • Custodia
  • Resguardo
  • Defensa
  • Protección de la libertad, vida e integridad física

👥 Aplicable a personas o grupos determinados

2. Lugar de prestación

📍 Se presta donde esté la persona protegida (incluye vías públicas)

🚫 No se permite:

  • Identificar personas
  • Restringir circulación
  • Realizar detenciones

❗ Salvo en caso de flagrante delito relacionado con la protección

3. Autorización necesaria

✅ Requiere autorización previa de:

  • Ministerio del Interior
  • O del órgano autonómico competente (según reglamento)

Artículo 44 - Servicios de depósito de seguridad

1. Depósito según artículo 5.1.c)

📦 Prestados por: Vigilantes de seguridad

✅ Obligatorios cuando:

  • Los objetos superen cuantías reglamentarias
  • Lo determinen las autoridades competentes

⚠️ Se valoran antecedentes y circunstancias relacionadas con dichos objetos

2. Depósito según artículo 5.1.d)

💣 Prestados por: Vigilantes de explosivos

✅ Obligatorios cuando los objetos o sustancias:

  • Requieran vigilancia, cuidado y protección especial
  • Así lo establezca la normativa específica
  • Lo determinen las autoridades competentes

⚠️ También en atención a los antecedentes y circunstancias de los objetos o sustancias

Artículo 45 - Servicios de transporte de seguridad

1. Objeto del servicio

🚛 Transporte y distribución de objetos y sustancias del artículo 44

🔒 Consiste en:

  • Traslado material
  • Protección durante el transporte

2. Medios empleados

🚐 Vehículos acondicionados especialmente para cada tipo de transporte

🛡️ Otros elementos de seguridad específicos y homologados

3. Personal autorizado

👮‍♂️ Prestado por:

  • Vigilantes de seguridad (objetos)
  • Vigilantes de explosivos (sustancias)

4. Normativa aplicable

📋 Conforme a:

  • Lo previsto en esta ley
  • Normas reglamentarias de desarrollo

Artículo 46 - Servicios de instalación y mantenimiento

1. Objeto del servicio

🔧 Instalación y mantenimiento de:

  • Aparatos, equipos y dispositivos de seguridad
  • Sistemas conectados a:
    • Centrales receptoras de alarmas
    • Centros de control
    • Centros de videovigilancia

👷 Ejecutados por: Técnicos acreditados

📝 Previa elaboración de proyecto por: Ingenieros acreditados

📐 Las características del proyecto se definirán reglamentariamente

2. Revisiones obligatorias

🛠️ Los sistemas deben someterse a:

  • Revisiones preventivas
  • Periodicidad y forma → determinadas reglamentariamente

Artículo 47 - Servicios de gestión de alarmas

1. Gestión de alarmas

📡 A cargo de: Operadores de seguridad

📌 Consiste en:

  • Recepción de señales de alarma
  • Verificación no personal
  • Transmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (cuando proceda)

2. Respuesta ante alarmas

👮 A cargo de:

  • Vigilantes de seguridad
  • Guardas rurales (cuando proceda)

📦 Servicios posibles:

  • a) Custodia de llaves y traslado/apertura remota controlada
  • b) Verificación personal tras desplazamiento al lugar
  • c) Facilitar acceso a servicios policiales o de emergencia:
    • → Mediante apertura remota desde la central
    • → O con medios/dispositivos físicos de acceso

3. Alarmas de ciberseguridad

💻 Servicios relacionados con:

  • Análisis y monitorización de eventos de seguridad informática

📋 Sujetos a especificaciones reglamentarias

📤 Las señales deberán ser comunicadas al órgano competente por:

  • El usuario
  • O la empresa contratada para la seguridad