Cambios en el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003): Resumen 2025
En este artículo analizamos los cambios más importantes introducidos en el Reglamento General de Circulación tras su reciente modificación. Destacamos las reformas clave que afectan a señales, comportamiento ante vehículos prioritarios y condiciones de visibilidad. Ideal para opositores.
🔴 Artículo 69: Detención obligatoria con luz roja
Antes: El vehículo debía facilitar el paso apartándose o deteniéndose al percibir señales especiales.
Ahora: Si el vehículo policial activa una luz roja intermitente hacia adelante, el conductor debe detenerse obligatoriamente a la derecha y permanecer en el interior del vehículo.
Importante: Esta sustituye a la anterior referencia a la luz amarilla, que queda eliminada.
🔵 Artículo 133: Nuevo orden de preferencia entre señales
Antes: Se hablaba de "orden de prioridad" entre señales.
Ahora: Se sustituye por "orden de preferencia". Este orden es:
- a) Señales de agentes
- b) Señalización circunstancial y balizamiento
- c) Semáforos
- d) Señales verticales
- e) Marcas viales
Observación: En caso de contradicción entre señales del mismo tipo, prevalece la más restrictiva.
🟡 Artículo 15.6: Señalización de cargas con luz roja o blanca
Las cargas que sobresalgan por detrás deben llevar señal V-20. Además:
- Entre la puesta y la salida del sol, o con baja visibilidad: debe llevar luz roja detrás.
- Si sobresale por delante: luz blanca.
También se regula cómo deben colocarse los paneles en forma de “v” invertida.
🟢 Artículo 106: Uso obligatorio de luces en condiciones adversas
Obligación de usar el alumbrado en caso de:
- Niebla, lluvia intensa, nieve, polvo o humo
- Visibilidad reducida por cualquier causa
Destaca el uso de:
- Luz antiniebla delantera (aislada o junto a corto/largo alcance)
- Luz antiniebla trasera solo en casos extremos
Multa grave si se circula sin alumbrado en estas condiciones.
🧭 Artículo 56: Intersecciones señalizadas y vía preferente
Se aclara que:
- La preferencia se ajusta a la señalización (semáforo, agente, señales de prioridad…)
- Se introduce el término “vía preferente” como clave para determinar la prioridad de paso.
Estas normas tienen consideración de infracción grave si se incumplen.
📌 Otros artículos modificados (resumen rápido)
- Art. 5.3: El causante de un obstáculo debe señalizarlo eficazmente día y noche.
- Art. 49.2: Vehículos especiales pueden circular por debajo del mínimo si llevan señal V-21/V-22.
- Art. 52.2: Obligación de señal de limitación de velocidad en ciertos supuestos.
- Art. 66.2: Panel “cañada” obligatorio junto a paso de animales + límite de velocidad.
- Art. 68.2: Vehículos prioritarios pueden usar luz sola (sin acústica) si no hay peligro.
- Art. 113: Obligación de usar señal V-2 para maquinaria, tractores y servicios.
- Art. 121.4: Prohibido usar monopatines por calzada (salvo zonas autorizadas).
- Art. 122.8: Se elimina este apartado.
📘 Título IV modificado: Señalización
Se reorganiza y aclara todo el bloque de normas de señalización:
- Art. 131-140: Conceptos, obediencia, aplicación, formato, idiomas, responsabilidad
- “Orden de preferencia” entre señales sustituye a “orden de prioridad”
- Infracciones relacionadas con señales mal colocadas o alteradas serán muy graves
🔍 Conclusión
Estos cambios no solo afectan a la conducción diaria, sino que pueden aparecer en los exámenes oficiales de Policía Nacional, Policía Municipal de Madrid y otros cuerpos.